El histórico reclamo de los productores agropecuarios santafesinos, obligados a pagar la tasa por hectárea sin recibir mantenimiento de caminos rurales ni obras equivalentes, encontró respaldo en la justicia.
Incluso en zonas donde las comunas no cuentan con maquinaria ni personal para realizar esas tareas, los pedidos de los contribuyentes eran rechazados una y otra vez. Hasta ahora.
En un fallo trascendental, los jueces María Eugenia Chapero, Santiago Andrés Dalla Fontana y Mauricio Sánchez, integrantes de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, declararon la inconstitucionalidad del artículo 8 de la Ley 5066, que permitía a los gobiernos locales el cobro compulsivo de esta tasa sin exigir contraprestación ni rendición de cuentas.
«La tasa es la contraprestación de un servicio público. Y como servicio público queda atrapada dentro de los derechos del consumidor. Entonces el consumidor tiene derecho a saber qué es lo que está pagando», explicó el abogado Pablo Torres Barthe.
El fallo surge de un litigio entre la Comuna de Villa Ana y una empresa privada, y establece criterios claves:
- La tasa solo puede cobrarse si hay una prestación efectiva de servicios.
- Debe existir proporcionalidad entre lo que paga el productor y lo que efectivamente se ejecuta en obras.
- Los gobiernos locales están obligados a publicar cuánto recaudan y cómo usan esos fondos.
Productores de todo el país atentos
La resolución no solo representa un precedente legal para Santa Fe: puede marcar el camino para reclamos similares en otros distritos del país. Los productores vienen denunciando desde hace años que las tasas por hectárea se fijan de manera arbitraria, muchas veces en litros de gasoil, sin ningún estudio técnico ni justificación.
«Esto es lo que me parece importante del fallo: ya no se lo toma como una potestad del Estado sino que jerarquiza los derechos de los ciudadanos en este tema tan complicado que son las tasas», agregó Torres Barthe.
Municipios y comunas, bajo presión por falta de transparencia
La demanda por transparencia también avanza por otras vías. El Distrito 6 de la Sociedad Rural Argentina presentó pedidos formales de acceso a la información pública ante municipios y comunas santafesinas, exigiendo conocer cuánto recaudan y cómo lo gastan. En algunos casos, como el de Santa Rosa de Calchines, se logró que se suspendiera el cobro en zonas donde no hay red vial.
Además del contenido tributario, el fallo reconoce el derecho de los ciudadanos a estar informados sobre las acciones del Estado. Según explicó Torres Barthe, el fallo no solo protege derechos económicos, sino también derechos civiles y ciudadanos.
“Es una delicia jurídica, porque conjuga con equilibrio tres cuestiones muy importantes: tasas, acceso a la información pública y derechos del consumidor”, concluyó.
Una decisión que podría cambiar el paradigma fiscal en el agro.






Deja un comentario